Elecciones

El voto múltiple no es un riesgo para las elecciones internas


Por Rodrigo Ibarrola

El 8 de julio pasado, finalmente, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) reconoció a la Concertación Nacional. En ese mismo acto, también resolvió la controversia sobre el uso del Registro Cívico Permanente (RCP) para la conformación del padrón a ser utilizado en las elecciones internas del 18 de diciembre con un fallo a favor de los concertacionistas. A partir de este nuevo hecho, han surgido diversas dudas, tanto impulsadas desde el Partido Colorado como por oficiales del propio TSJE.

Desde el Partido Colorado, actores del cartismo, como el diputado Basilio «Bachi» Núñez, y el propio apoderado de la nucleación, Eduardo González, han señalado a la resolución como un despropósito, ya que el RCP incluye tanto a inhabilitados como militares y policías. 

En este punto, cabe aclarar que el RCP no es un padrón propiamente dicho, sino que es el listado completo y en bruto de las personas inscriptas como electores que han cumplido dieciocho años de edad o vayan a cumplirlos hasta el día inmediatamente anterior a los comicios, siempre que no se hallen comprendidos en las causales de exclusión del artículo 114 del Código Electoral. Además, el RCP es actualizado y depurado de manera permanente, excluyendo a las personas fallecidas y declaradas presuntamente fallecidas por sentencia judicial, las personas inhabilitadas o declaradas en interdicción, las inscripciones repetidas, las inscripciones hechas fraudulentamente, los ausentes del país por más de cinco años, y los tachados (art. 149). Esto se realiza a partir de las comunicaciones realizadas por el Registro Civil del Estado de las Personas, jueces y tribunales, así como la Dirección General del Servicio de Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas. Posterior a su depuración de oficio y al periodo de tachas y reclamos se conforma lo que se denomina, finalmente, «padrón», el cual es la nómina definitiva de los electores inscriptos en el Registro Cívico Permanente habilitados para sufragar.

Por lo tanto, la afirmación vertida por sus detractores como «Bachi» o el abogado González,  responde más bien a una motivación política más que legal, ya que todo ese proceso es sabido por ellos, o, debería serlo, al menos por parte del apoderado.

Por otro lado, el pasado 15 de julio, Ñandutí publicó el artículo titulado «Cinco millones de paraguayos podrían votar doble con el uso del Padrón Nacional, advierte Ljubetic», un titular que da a entender la existencia de un peligro inminente de doble voto masivo, a partir de las declaraciones del director de procesos electorales del TSJE, Carlos María Ljubetic. Sin embargo, ese título no refleja lo verdaderamente expresado por el director, quien únicamente se abocó a señalar que esa posibilidad existe siempre durante la celebración de las internas partidarias debido a la cantidad de dobles afiliaciones que se registran en los partidos, y que la diferencia en esta ocasión radica en la cantidad de electores con capacidad de hacerlo el próximo 18 de diciembre, que serían unos cinco millones de electores. Esto, en absoluto, significa que ello vaya a suceder. Al respecto, veamos algunos números.

por más estratégica que pueda parecer la idea de que el partido oficialista desvíe recursos —y votos— para influir en las internas de la Concertación Nacional, resulta poco probable que se materialice, dada la competitividad que siempre rodea a las internas de la ANR, especialmente en lo que respecta a la dupla presidencial. En esta disputa, en la práctica, se hace imposible estimar los votos necesarios para ganar, finalmente, la candidatura presidencial.

Del universo electoral de las municipales de 2021 (Tabla 1), el 22,3% del total de 4.644.536 electores del padrón nacional registraban múltiple afiliación, es decir, unas 1.037.371 personas. Lo que siguiendo la lógica del director de registro electorales del TSJE, sería la cantidad de personas con capacidad para incurrir en doble voto.

Tabla 1. Padrón nacional, por afiliación, Municipales 2021

Fuente: Elaboración propia con datos del TSJE.

Ciertamente, esta cantidad se eleva con lo resuelto por el TSJE con relación al padrón a ser utilizado por la Concertación Nacional. No obstante, existe un error de cifras en la lógica de Ljubetic, ya que solo podrían incurrir en doble voto aquellos afiliados a algún partido, pero estos no suman cinco millones, sino 3.471.380.

En lo que respecta específicamente al doble voto, los datos disponibles corresponden a las internas municipales realizadas en 2015, cuando aún estas no se realizaban de manera simultánea en su totalidad, tal es así que en un día se llevaron a cabo las correspondientes a la ANR y al PLRA, y en otro la de los demás partidos. Los informes del TSJE, que analizaron las elecciones de la ANR, PLRA y la concertación Frente Guasu, reportaron que, de un total de un total de 1.606.824 votantes, apenas 3.240 personas incurrieron en tal situación, es decir, un 0,2% (Table 2).

Tabla 2. Votantes, Elecciones Internas para las Municipales 2015

Fuente: Elaboración propia con datos del TSJE.

Cabe resaltar que el Código Electoral, en su artículo 323, establece una pena de uno a tres años de penitenciaría más una multa de 200 jornales mínimos (₲19.617.800) para quien votara más de una vez. Además, la tecnología existente hoy en día, hace que el fenómeno sea detectable muy rápidamente, que una vez descubiertos son informados al Ministerio Público con los documentos de respaldo. 

Por otro lado, por más estratégica que pueda parecer la idea de que el partido oficialista desvíe recursos —y votos— para influir en las internas de la Concertación Nacional, resulta poco probable que se materialice, dada la competitividad que siempre rodea a las internas de la ANR, especialmente en lo que respecta a la dupla presidencial. En esta disputa, en la práctica, se hace imposible estimar los votos necesarios para ganar, finalmente, la candidatura presidencial.

En resumen, tanto lo reñido de las internas, como los datos disponibles, nos hacen suponer que el fenómeno es un hecho bastante atípico en los comicios internos y no pone en peligro la legitimidad de los resultados de las elecciones internas.

Imagen de portada: ADN Digital

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