Historia

¿Dictadura o régimen autoritario? El debate que el stronismo todavía nos debe


Florencia Prego *

Cada aniversario del golpe que derrocó a Stroessner reactiva una pregunta que parece resuelta y no lo está: cómo definir lo que ocurrió en Paraguay entre 1954 y 1989. El debate conceptual no es un ejercicio académico menor. Es una disputa sobre la memoria, el derecho y las formas en que el autoritarismo aprende a sobrevivir.

Fueron treinta y cinco años de un mismo gobierno. Un presidente que acumuló simultáneamente la jefatura del Estado, el comando de las Fuerzas Armadas y la presidencia honoraria del partido oficial. Elecciones periódicas sin posibilidad real de alternancia. Estado de sitio casi permanente. Represión visible, institucional, ejercida a plena luz del día por la Policía Nacional. Partidos opositores que participaban en el juego sin poder ganarlo, cuando no estaban proscriptos. Una Constitución reformada, entre otras cosas, para legalizar la reelección indefinida del propio reformador.

¿Cómo se llama eso? La respuesta más inmediata —y la más repetida— es: dictadura. La respuesta más precisa es más incómoda: régimen autoritario institucionalizado. La diferencia no es semántica. Es política. Y es el corazón del debate que, cada aniversario del 3 de febrero de 1989, vuelve a enfrentar al campo intelectual.

Llamar al stronismo “dictadura” tiene la comodidad de lo moralmente inequívoco. Evita matices que podrían parecer complacencias. Pero como concepto analítico, presenta un problema: la noción de dictadura —desde la magistratura romana hasta los usos contemporáneos— remite a la excepcionalidad, a la suspensión de un orden que existía antes y que se espera restituir. Las dictaduras del Cono Sur de los años setenta responden, en líneas generales, a esa lógica: interrupción abrupta, clausura drástica del espacio político, predominio militar directo, cierre de parlamentos y clausura de partidos.

El stronismo fue otra cosa. No interrumpió un orden, sino que lo construyó. No suspendió la legalidad, sino que la habitó, la moldeó y la convirtió en instrumento. No eliminó las instituciones de la democracia liberal, sino que las vació por dentro y las dispuso en función del ejercicio de la dominación. Hubo elecciones, pero también fraude. Hubo parlamento, pero también disolución del Congreso por decreto cuando fue necesario. Hubo partidos opositores, pero también proscripciones, exilios y la certeza de que ninguno gobernaría. Hubo Constitución, pero también el artículo que prohibió explícitamente la “lucha de clases” y la “prédica del odio entre los paraguayos” como eufemismos jurídicos para criminalizar la disidencia. Usar el término “dictadura” para describir ese entramado no es incorrecto. Pero tal vez impide comprender cómo funcionó realmente el poder.

El debate reciente en Paraguay giró, en parte, alrededor de una afirmación que escandalizó a algunos: que Stroessner fue un “presidente constitucional”. La indignación es comprensible, pero el argumento merece ser considerado con seriedad antes de ser descartado.

Decir que Stroessner fue “constitucional” no equivale a decir que fue democrático ni que su gobierno fue legítimo. Equivale a señalar algo más preciso y más incómodo: que el régimen operó dentro de un marco jurídico formal, que ese marco fue funcional al ejercicio del poder y que la legalidad no estuvo ausente sino instrumentalizada.

Lo que existió en Paraguay no fue ausencia de derecho sino su forma autoritaria: una constitucionalidad de excepción permanente, donde la legalidad formal coexistía con el estado de sitio casi continuo, donde la ley organizaba la dominación en lugar de limitarla, donde el derecho era cobertura del poder discrecional y no su restricción. Es decir, un régimen autoritario constitucionalizado. Y nombrarlo así no es una concesión al régimen, sino una exigencia de precisión que permite entender su especificidad y, sobre todo, su durabilidad.

El stronismo no fue una anomalía ni una ruptura abrupta en la historia política paraguaya. Fue, como ha señalado la historiografía más rigurosa sobre el tema, la estabilización de patrones autoritarios de larga duración: el estado de sitio como recurso de gobierno, la concentración y centralización del poder como forma de mando, la partidización del Estado, la militarización de la política, y el uso del derecho como cobertura del poder discrecional. Stroessner no inventó esos mecanismos: los llevó a su forma más acabada y los sostuvo durante más tiempo que ningún otro gobernante en la historia del país.

Fueron treinta y cinco años de un mismo gobierno. Un presidente que acumuló simultáneamente la jefatura del Estado, el comando de las Fuerzas Armadas y la presidencia honoraria del partido oficial. Elecciones periódicas sin posibilidad real de alternancia. Estado de sitio casi permanente. Represión visible, institucional, ejercida a plena luz del día por la Policía Nacional. Partidos opositores que participaban en el juego sin poder ganarlo, cuando no estaban proscriptos. Una Constitución reformada, entre otras cosas, para legalizar la reelección indefinida del propio reformador.

Reducir la discusión a si hubo o no “constitucionalidad” formal es caer en una trampa legalista que eclipsa el debate. La pregunta relevante no es si el stronismo respetó ciertas formalidades institucionales, sino qué tipo de relación entre Estado, derecho y sociedad se construyó bajo ese régimen, y qué huellas dejó.

De este modo, el 3 de febrero de 1989 no fue el fin del autoritarismo, sino el fin de su encarnación más duradera. Sin embargo, las prácticas, los imaginarios y los arreglos de poder que el stronismo condensó y estabilizó no desaparecieron con Stroessner. Persisten —transformados, adaptados, a veces apenas reconocibles— en la cultura política paraguaya.

La discusión no es inocente ni extemporánea. En un continente donde el autoritarismo reaparece sistemáticamente con ropajes democráticos —con elecciones, constituciones y parlamentos—, la pregunta sobre el stronismo es también una pregunta sobre el presente. Los regímenes que más eficazmente restringen la libertad no son los que eliminan las formas institucionales de la democracia, sino los que las conservan vaciadas de contenido, reconfigurándolas en función de sus propios fines.

El stronismo duró treinta y cinco años. No a pesar de sus constituciones y sus elecciones: en parte, gracias a ellas. Eso es lo más difícil de asumir. Y también lo más urgente de entender.

* UBA-IEALC

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