Las disputas electorales no pueden cercenar derechos fundamentales. El caso de la utilización del Registro Cívico Permanente para las internas de la Concertación Nacional

Jorge Rolón Luna*
El acuerdo de un gran sector del arco opositor al partido de gobierno ha resultado en el armado de la Concertación para competir en las elecciones presidenciales de 2023. Esta concertación pretende utilizar el Registro Cívico Permanente (RCP) como base de lo que denominan un padrón abierto para elegir a sus candidatos. Esto significa que cualquier persona incluida en el RCP tendrá la opción de votar (no la obligación), sin necesidad de que esté afiliada o no a uno de los partidos que forman parte de la concertación. Esta medida introduce un cambio fundamental en la lógica de las elecciones internas para elegir a los representantes de las organizaciones políticas, que normalmente se ha cerrado a afiliados. Con el paso dado por la Concertación, Paraguay ingresaría a una corriente internacional que está predominando en democracias desarrolladas y que apunta a las “primarias abiertas”, es decir, que cualquier ciudadano pueda ejercer su derecho a voto (si así lo desea) en las internas de los partidos políticos. Como era de esperarse, este intento de tener un padrón abierto ha desatado la reacción oficialista y la judicialización del asunto.
