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El sicariato: precisiones conceptuales para una eventual tipificación (I)


Por Jorge Rolón Luna*

Hablar del sicariato como modalidad criminal requiere, por diversas razones, un cuidado especial con la terminología a ser utilizada. El problema conceptual, que no reconoce excepciones –medios, periodistas, académicos, incluso-, conduce a equívocos, malentendidos y perpetúa una visión del fenómeno que impide un abordaje idóneo y necesario para comprenderlo y enfrentarlo. 

Sicariato, en primer lugar, es un vocablo que habitualmente no aparece en los diccionarios jurídicos, tanto aquellos tradicionales y de consulta rápida, como los que proveen un desarrollo más acabado y sofisticado de los conceptos. Se usa habitual y equivocadamente, para referirse al caso concreto (“hubo un sicariato”, “los sicariatos”), más que al fenómeno encerrado en él: “actividad criminal desarrollada por sicarios”, y a las dificultades para asirlo, aprehenderlo: “es algo mucho más complejo (…) su realidad está asentada sobre la base de un conjunto de redes sociales que permean la sociedad y sus instituciones, y de una construcción valórica en términos económicos (toda vida tiene un precio) y culturales (el vértigo, el ascenso social)”

De igual manera, el uso de la palabra “ajusticiar” o “ajusticiamiento”, para referirse a los casos de sicariato, no sólo es equivocado, sino peligroso. Es equivocado -profundamente- porque plantea la idea de que toda muerte por causa de esta modalidad es un “acto de justicia”; y, además, es peligroso porque instala otra idea más: que no merece ser investigado al ser un crimen del bajo mundo y que sólo concierne –y afecta- a él. Allí se asienta además la alta impunidad del sicariato: ni vale la pena investigar, “es cosa de bandidos”. 

Lo mismo ocurre con el vocablo “ejecución”, “ejecutar”, que en buen castellano significan “dar muerte al reo” o reclamar una deuda por vía judicial. Este error va incluso más allá de los medios, del saber y la conversación popular; se repite incluso en trabajos de investigación sobre el asesinato de campesinos en su lucha por la tierra, como  el “Informe Chokokue. “El Plan Sistemático de Ejecuciones en la Lucha por el Territorio Campesino”,  donde el término “ejecuciones” aparece en el mismo título, tal vez inconsciente de que deja en el aire la idea de que estos asesinatos por encargo podrían estar emparentados con “mandatos de la justicia”.  

“En todo caso, la palabra “ejecución”, cuando es empleada para dar cuenta de acciones contrarias al orden jurídico, es acompañada, de la caracterización de “extrajudicial”. Las “ejecuciones extrajudiciales” son otro fenómeno. Más parecido al caso de los “Escuadrones de la Muerte” en países de América Latina como Brasil, Perú, Guatemala, Colombia, especial pero únicamente, donde generalmente policías, expolicías, personal paramilitar o parapolicial, personas siempre vinculadas a las fuerzas de seguridad, asesinan a supuestos delincuentes, haciendo “justicia” por fuera del sistema formal de justicia. Pero, ese es otro fenómeno completamente diferente.

El sicariato en Paraguay no interesa ni al Estado (agencias policiales, Ministerio Público, Poder Judicial) ni a la academia, ni a las ONG (hágase la salvedad mencionada de los asesinatos en el ámbito de la lucha por la tierra) o a las élites y piensa uno en los gremios empresariales, silenciosos ante este asunto (quienes deberían preocuparse de algo tan básico como el peligro que representa para sus propias seguridades la instalación del sicariato en el país). Así, no tenemos ni seguimiento del fenómeno y mucho menos estudios.

Que quede claro: el sicariato es una modalidad que nada tiene que ver con la justicia del Estado o con algún tipo de valor social. En realidad, es un fenómeno antiguo, aunque hoy es característico del narcotráfico y se consolidó como regulador de disputas y conflictos en un negocio muy rentable que ha sido ilegalizado por el Estado. El sicariato instaura un sistema paralelo de resolución de conflictos, “una justicia mafiosa”, un factor de negociación de territorios, mercados o productos; a veces un brazo militar para disuadir o eliminar amenazas de competidores, de los organismos de seguridad, e incluso para mantener el orden y la disciplina al interior de la organización. 

El sicario puede ser un lobo solitario, parte de un servicio tercerizado o alguien de la misma organización criminal, aunque generalmente es deseable desde el punto de vista de la seguridad del contratante y del ejecutor, alguna forma de intermediación que salvaguarde la identidad de ambos y disminuya esta peligrosa interacción. Hay todo tipo de sicarios; profesionales, ocasionales y aficionados.

El sicariato aparece para resolver una traición, un engaño, disputas, o para el mantenimiento del orden mafioso (piénsese en los autodenominados “justicieros de la frontera”). Surge para escarmientos, amenazas y también para castigar errores o incumplimientos (no siempre producto de la traición o el engaño en un mundo con baja o inexistente tolerancia a las equivocaciones).

Los sicarios pueden también actuar de manera diversa, simulando un asalto, haciendo parecer que no había una víctima especifica (disparando a todos) o enviando mensajes directos en los que no deben “quedar dudas” de la razón del mismo, y para lo cual juegan un papel la cantidad de disparos, las decapitaciones, las desmembraciones y mutilaciones, la tortura, etcétera, o los narcomensajes –escritos–; en fin, toda una “semiótica de la violencia”. 

¿Qué delata generalmente un acto de sicariato? La manera en que se lo comete, a veces con teatralidad o espectacularidad, los vehículos utilizados –motocicletas, por ejemplo-, el tipo de armas, o en dónde hacen blanco los disparos –cabeza, ojos, pecho, nuca, espalda-, la región donde se produce, ciertas características de las víctimas, entre otras. Ninguna de estas características por sí solas lo definen, más bien la sumatoria de la mayoría de ellas, casi nunca todas.

Existen otros problemas a resolver, además de los aspectos conceptuales, como la falta de definición legal y la ausencia de estadísticas oficiales; una viene de la mano de la otra. 

El sicariato en el Paraguay no es un tipo penal autónomo, es decir, no es un delito contemplado en la ley. El artículo 105 del código penal, que castiga el homicidio doloso, establece como agravante el hacerlo “con ánimo de lucro” (numeral 5), pero ello ni siquiera roza una adecuada tipificación del sicariato, dado que no contempla un elemento como el “encargo”, dejando de lado al contratante, al mandante, al intermediario, figuras necesarias generalmente en este tipo de asesinatos. Sin caer en un fetichismo legal o normativo, la tipificación idónea de esta conducta es absolutamente necesaria, para empezar. 

La ausencia de estadísticas oficiales se deriva de lo anterior y es el principal problema. Los casos de sicariato se pierden en las estadísticas oficiales mezclados con los homicidios comunes y las muertes violentas en el país, haciendo imposible su distinción y, por ende, su caracterización. No puede haber política pública alguna y menos en materia de seguridad, sin datos ciertos, creíbles y fiables. 

El sicariato en Paraguay no interesa ni al Estado (agencias policiales, Ministerio Público, Poder Judicial) ni a la academia, ni a las ONG (hágase la salvedad mencionada de los asesinatos en el ámbito de la lucha por la tierra) o a las élites y piensa uno en los gremios empresariales, silenciosos ante este asunto (quienes deberían preocuparse de algo tan básico como el peligro que representa para sus propias seguridades la instalación del sicariato en el país). Así, no tenemos ni seguimiento del fenómeno y mucho menos estudios. La gravedad e importancia del fenómeno requieren de un abordaje desde la criminología, la sociología, la antropología, la etnografía, de manera a pretender al menos acercarnos a su comprensión y en algún momento, enfrentarlo con la seriedad requerida. 

El sicariato es, más que una enfermedad, el síntoma de una falla multiorgánica: existencia de redes de macrocriminalidad que involucran al Estado/empresas/bandas criminales, narcoviolencia, desafío (o reemplazo) al monopolio del uso de la fuerza estatal, capitulación de las fuerzas de seguridad y del sistema de justicia. El desentendimiento generalizado existente, hará que esta práctica solamente empeore, con sus terribles consecuencias para la democracia, el Estado de derecho, la economía y los derechos humanos. 

*Abogado, docente universitario e investigador independiente, autor del libro de relatos “Los sicarios”. 

Imagen: Diseño de Moisés Ruiz

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